Plazo de 10 días para el finiquito
El artículo 177 del Código del Trabajo establece que el finiquito debe ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles contados desde la separación. La firma del finiquito electrónico es siempre voluntaria y el trabajador tiene el derecho legal de estampar una reserva de derechos.
Datos clave y artículos de la norma
Índice del contenido
Tras la terminación del contrato de trabajo, el trabajador suele enfrentarse a incertidumbre sobre cuándo y cómo recibirá el pago de sus indemnizaciones y remuneraciones adeudadas.
El plazo obligatorio de diez días hábiles (artículo 177)
El artículo 177 inciso 1 del Código del Trabajo fija una obligación perentoria para la empresa:
“El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador.”
Este cómputo comprende los días de lunes a sábado (excluyendo domingos y festivos administrativos). Durante este plazo, el empleador debe tener redactado el documento y los fondos listos para su cobro efectivo.
Finiquito electrónico: siempre facultativo
El artículo 177 inciso 3 dispone expresamente:
“La suscripción del finiquito de la forma establecida en el inciso tercero [electrónico] será siempre facultativa para el trabajador.”
Si el empleador te exige firmar exclusivamente por vía digital en el portal de la Dirección del Trabajo o en una plataforma privada, debes saber que tienes el derecho de optar por el otorgamiento presencial ante un ministro de fe (como un notario o un fiscalizador del trabajo).
La reserva de derechos y el pago de sumas no disputadas
El artículo 177 consagra dos garantías fundamentales para proteger al trabajador al momento de concurrir al finiquito:
- La reserva de derechos no bloquea el pago: La ley establece textualmente que la formulación de reserva de derechos por el trabajador “no impedirá en ningún caso el pago de las sumas no disputadas”. El empleador no puede negarse a pagar los montos reconocidos porque hayas hecho una reserva.
- Alcance del poder liberatorio: El Código del Trabajo señala que el poder liberatorio del finiquito se restringe exclusivamente a aquello en que las partes concuerden de manera expresa, sin extenderse a los aspectos donde no se forme el consentimiento. Conviene que la reserva sea redactada con precisión por un abogado según los rubros específicos de tu caso.
Revisa los montos que deberían figurar en tu documento en nuestra calculadora de finiquito o solicita asistencia en evalúa tu caso.